Una actividad o instalación se haya sometida a este régimen si se encuentra en el anexo I de la ley 16/2015 de simplificación de la actividad administrativa. Este tramite y sus requisitos pueden variar en función de cada Ayuntamiento.

Algunos de los establecimientos o actividades en locales comerciales que podemos encontrar en este tipo de categorías de Licencia de Actividad o Licencia de Apertura son los que se mencionan continuación:

  • Licencia de actividad y de apertura de locales comerciales de alimentación (frutería-verdulería, pescadería, carnicería, polivalentes, supermercado,…) de superficie inferior a 120 m2.
  • Licencias de actividad y de apertura de locales comerciales no alimentarios (zapatería, tienda de ropa, perfumería, parafarmacia, inmobiliaria, papelería,…).
  • Licencias de actividad y de apertura de oficina, despacho profesional, agencias de viaje, banco y similares.

La documentación necesaria varia en función del Ayuntamiento pero en general es:

  • Solicitud de Licencia debidamente cumplimentada.
  • Certificado Técnico firmado por un técnico competente.
  • Fotocopia del DNI / NIF del titular de la actividad.
  • Fotocopia del documento de identidad del representante, en su caso.
  • Acta notarial de renuncia a indemnización de la persona que quiere iniciar la actividad o la instalación (sólo en caso de que el local se encuentre afectado urbanísticamente).

Una vez presentada toda la documentación el plazo de obtención de la licencia es inmediato.

El ayuntamiento realizará una inspección de la actividad en un plazo que varía en función del caso y como resultado de dicha inspección puede presentar algún requerimiento dando siempre un plazo para solventarlo. MBW Ingenieros se responsabilizará de solucionar estos requerimientos estando este proceso incluido en nuestro presupuesto inicial con lo que el cliente no tiene que abonar ningún importe adicional.