Es el procedimiento más sencillo para obtener la licencia. Una actividad o instalación se haya sometida a este régimen si se encuentra en el anexo I de la ley 16/2015 de simplificación de la actividad administrativa. Este trámite y sus requisitos pueden variar en función de cada Ayuntamiento.
Algunos de los establecimientos o actividades en locales comerciales que podemos encontrar en este tipo de categorías de Licencia de Actividad o Licencia de Apertura son los que se mencionan continuación:
• Licencia de actividad y de apertura de locales comerciales de alimentación (frutería-verdulería, pescadería, carnicería, polivalentes, supermercado…) de superficie inferior a 120 m2.
• Licencias de actividad y de apertura de locales comerciales no alimentarios (zapatería, tienda de ropa, perfumería, parafarmacia, inmobiliaria, papelería…) de superficie inferior a 120 m2.
• Licencias de actividad y de apertura de oficina, despacho profesional, agencias de viaje, banco y similares.
La documentación necesaria varía en función del Ayuntamiento pero en general es:
• Solicitud de Licencia debidamente cumplimentada.
• Certificado Técnico firmado por un técnico competente.
Desde MBW Ingenieros le informaremos en todo momento de las normativas que debe cumplir y todos los aspectos y condiciones que debe tener el local para cumplirlas al 100%.
Esta licencia es inmediata, lo que significa que el mismo día que se entrega la documentación en el ayuntamiento el cliente se va con su licencia a casa y puede iniciar inmediatamente la actividad. Por esta razón es necesario que el local esté finalizado y listo para iniciar la actividad el día que se solicita, con lo que nuestros técnicos se desplazarán al local para comprobar que todo está correcto.

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