Os informamos que se ha publicado en el BOPB el acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno de 20 de mayo de modificar el acuerdo de suspensión de 25 de marzo en el sentido de excluir de la misma:
• Establecimiento con obrador y/o cocina industrial para la elaboración de platos preparados sin venta al público ni degustación (catering), con una superficie total máxima de 100 m2 y sin que dispongan de espacios para alquilar a terceros.
• Tienda especialista de platos preparados con obrador con una superficie total máxima de 100 m2 y sin que dispongan de espacios para alquilar a terceros.

