El Parlamento de Cataluña aprobaba el 10 de marzo de 2023 una modificación de la Ley de Urbanismo que estipula que, en el marco del procedimiento para otorgar y denegar las licencias urbanísticas, cada municipio puede exigir la aportación de un informe de idoneidad emitido por las Entidades Colaboradoras de la Administración, ECA, debidamente habilitadas para actuar en todo el territorio de Catalunya.

En vigor la modificación de la Ley de Urbanismo en Cataluña que habilitará a las Entidades Colaboradoras de la Administración (ECA) para la emisión de Informes de Idoneidad Técnica en todo el territorio catalán, y no cada ayuntamiento en particular como hasta ahora. La finalidad es digitalizar y agilizar los plazos en el proceso de la concesión de las licencias de obras.

Agilizar las licencias de obra

Con el fin de agilizar los plazos del proceso de concesión de las licencias de obra y avanzar en la digitalización de los expedientes de licencias urbanísticas municipales en todo el territorio catalán, la Generalitat será la autoridad competente para la habilitación de las Entidades Colaboradoras de la Administración para la emisión de los Informes de Idoneidad Técnica en toda Catalunya ,y no cada ayuntamiento en particular como hasta ahora. Esto no afecta a la capacidad de los ayuntamientos de regular, mediante las ordenanzas municipales, el régimen de colaboración propio para el ejercicio de las funciones de verificación y control.

La modificación de la Ley forma parte de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para 2023 (acompañamiento de los presupuestos) y aclara la distribución de responsabilidades entre los ayuntamientos, sus servicios técnicos y las Entidades Colaboradoras de la Administración en la emisión de los Informes de Idoneidad Técnica. Las modificaciones fueron aprobadas el pasado 10 de marzo y su entrada en vigor es el 18 de marzo de 2023.

Más información:

Texto completo de la publicación dentro del Título XIV, Capítulo III, Artículo 80 donde se refiere de la modificación del apartado 3 bis del artículo 188 del texto refundido de la Ley de urbanismo.